El gobierno de Estados Unidos anunció el miércoles la reapertura del Programa de Menores Centroamericanos (CAM, por sus siglas en inglés), que beneficiará a ciudadanos menores de edad de El Salvador, Guatemala y Honduras cuyos padres residen legalmente en Estados Unidos.
¿En qué consiste el CAM?
El programa CAM se puso en marcha en el año 2014 con la intención de que, "mientras estaban en su país natal”, ofrecer a algunos menores del área conocida como Triángulo Norte que integran Honduras, El Salvador y Guatemala, “la oportunidad de ser considerados para su reasentamiento como refugiados en Estados Unidos", según un documento oficial del Departamento de Estado.
¿Cuándo y por qué fue suspendido?
El otorgamiento del permiso para reunificación de menores fue suspendido en agosto de 2017, bajo la administración del entonces presidente republicano Donald Trump, que durante su mandato enarboló duras políticas antiinmigrantes.
Casi tres meses después, el 9 de noviembre de 2017, el Departamento de Estado dejó sin efecto la aceptación de nuevas solicitudes al programa; de igual modo, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EE. UU. dejó de tramitar los pedidos en enero de 2018.
La decisión, según el Departamento de Estado, fue tomada tras una evaluación general que hizo el Gobierno sobre el Programa de Admisiones de Refugiados del Año Fiscal 2018.
¿Cuándo vuelve a entrar en funcionamiento?
La Administración Biden ha informado que tiene previsto que los primeros contactos con los padres comiencen en la semana del 15 de marzo de 2021.
¿Quiénes aplican?
El menor elegible para el CAM debe de ser hijo (biológico, adoptivo o adoptado legalmente por el padre), ser soltero, menor de 21 años y con nacionalidad de El Salvador, Guatemala u Honduras.
También lo harán algunos familiares, como pueden ser menores solteros e hijos del menor que califica, o los progenitores de estos que residan en esos países.
Hay otras inclusiones y son aquellos padres que sean parte del mismo hogar y unidad económica que el menor que cualifica; debe de estar casado legalmente con el otro cónyuge que lo une al menor, que tenga una declaración jurada del CAM y que continúe casado con el padre elegible en el momento en que fue admitido o recibió permiso de entrada a EE. UU.
En el caso de los padres elegibles, deben de reunir los siguientes requisitos: Ser mayor de 18 años y residir permanentemente en EE. UU. o contar con el Permiso de Permanencia Temporal, ser receptor de Consideración de Acción Diferida, ser receptor de Salida Forzosa o que le hayan suspendido la deportación.
¿Quiénes velan por el funcionamiento del programa?
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) y los departamentos de Estado y Seguridad Nacional, en conjunto con la Oficina de Población, Refugiados y Migración.
En su momento, el gobierno de EE. UU. informó que desde que se implementó el programa se había logrado que al menos 5.000 menores pudieran reencontrarse de manera segura con sus familias.
* Con información del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS), el Departamento de Estado y la Voz de América.