La Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte-IDH), con sede en San José, Costa Rica, concluyó el jueves dos días de audiencia pública del caso Manuela, una mujer acusada por un tribunal salvadoreño de homicidio agravado luego de haber tenido un parto extrahospitalario, y quien murió en prisión por complicaciones de un Linfoma de Hodgkin, un tipo de cáncer que pudo ser la causa de su pérdida.
Defensores de derechos humanos y organizaciones feminista apoyaron a la familia de Manuela en la demanda al Estado por el caso, en un hecho sin precedentes, aduciendo que el proceso tuvo una serie de presuntas violaciones en el marco del proceso penal, y que Manuela fue condenada antes de ser juzgada debido a la discriminación y violencia de género que impera en El Salvador.
Según Angélica Rivas, parte del grupo de abogados de Manuela, dijo que su condena fue injusta “y nos parece reprochable y es una situación que no se tiene que repetir en El Salvador”.
Manuela era una mujer proveniente de una zona rural de El Salvador que no sabía leer ni escribir y vivía en condiciones de pobreza.
El 27 de febrero de 2008, empezó a sentir un fuerte dolor pélvico y abdominal y tuvo una emergencia obstétrica. Mientras estaba inconsciente, su familia buscó auxilio y la llevó al hospital donde fue interrogada antes de brindarle atención, ya que sospechaban que se había inducido un aborto.
En agosto de 2008, la mujer recibió una condena a 30 años de prisión, y el 30 de abril de 2010, cuando tenía 33 años, murió esposada a una cama en el área de reos del hospital nacional Rosales, donde, según sus defensores, recibía tratamiento contra el cáncer linfático de forma tardía.
Durante las deliberaciones y de acuerdo con la información presentada por el Estado salvadoreño, éste reconoció desconocer que la acusada estaba enferma. Además, la defensa afirmó que en 2019 se presentó una propuesta de reforma al artículo 133 del código penal para contemplar alguna excepción al aborto, el cual está actualmente en estudio en la Asamblea Legislativa.
La interrupción del embarazo o aborto está prohibida en todas sus formas en El Salvador y establece penas de hasta 8 años. Sin embargo, fiscales y jueces normalizan los casos de aborto, incluso los partos extrahospitalarios, como "homicidio agravado" (contra un hijo) o parricidio, lo que es penado con hasta 50 años de prisión.
La familia de la víctima pidió "justicia" a la Corte-IDH. El padre de Manuela, a quien solo identifican como Tomás, pidió al Gobierno de El Salvador "que se borre todo lo que se habló de ella, lo que escribieron no fue así, lo que hicieron fue una injusticia”.
Morena Herrera, coordinadora del Grupo Ciudadano para la Despenalización del Aborto Terapéutico, Ético y Eugenésico (ACDATEE), afirma que en el caso especifico de Manuela fue el cáncer el que le provocó la pérdida, pero que nunca se investigó al respecto.
De acuerdo con Herrera lo que se busca con la demanda es que “se reconozca que Manuela fue víctima de violación a los derechos humanos múltiples y como resultado de ese reconocimiento que el Estado salvadoreño asuma responsabilidades y que eso se traduzca en reparación integral para la familia”.
El Centro de Derechos Reproductivos, ONG estadounidense, apuntó en un comunicado de prensa que “el caso de Manuela es un caso emblemático y testigo de los efectos de la prohibición absoluta del aborto en la criminalización de todos los procesos reproductivos de las mujeres”.
El documento también apunta que la sentencia que la Corte IDH emita “establecerá una serie de medidas individuales y estructurales tendientes a reparar las consecuencias producidas por las violaciones a los derechos de Manuela y su familia, así como a evitar que vuelvan a ocurrir hechos como los sucedidos en el caso”.